De acuerdo con la ley penal de California, es un delito presentar un documento a sabiendas de que es falso o falsificado. Este es un delito de cuello blanco por el cual podría pasar muchos años en la cárcel, y/o tener que pagar altas sumas de dinero en multas, además de sufrir otras consecuencias legales igual o incluso más severas como lo veremos más adelante.

Por esa razón, si usted o alguien a quien conoce enfrenta acusaciones por presentación de documentos falsos, es importante que se comunique de inmediato con un abogado en materia de delitos de cuello blanco para asesorarse. Si está en San Diego puede hablar con un abogado de San Diego Criminal Attorney para evaluar sus opciones legales.

Pero mientras puede continuar leyendo nuestro artículo hasta el final para conocer los aspectos legales más importantes acerca de este delito.

¿Qué ley regula este delito? y ¿Qué establece la misma?

Este delito está tipificado en el Código Penal de California, específicamente en su sección 115, y establece que toda persona que a sabiendas presente un documento o instrumento falso o falsificado para ser archivado o registrado en una oficina pública dentro de este estado que, si fuera genuino, podría ser archivado o registrado bajo cualquier ley de este estado o de los Estados Unidos, es culpable de un delito grave.

Es decir, de acuerdo con dicho estatuto, el delito se configura si lo siguientes tres supuestos se encuentran presentes:

  • Presentó un documento para registrarlo o archivarlo en una oficina pública

  • Cuando lo presentó sabía que el documento era falso

  • Y de haber sido genuino, el mismo podía presentarse legalmente

Por otro lado, la ley que tipifica el hecho punible también establece que por cada documento que sea presentado para su archivo o registro, se constituye una violación separada de este estatuto. Es decir, si presentó dos documentos diferentes ante una oficina pública a sabiendas de su falsedad, enfrentará dos cargos separados por el mismo delito, y en consecuencia, si lo hallan culpable de ambos cargos, podrá ser sancionado dos veces.

De igual forma, la ley también establece cuáles son las sanciones que se imponen a una persona en el evento de que ésta sea hallada culpable del delito. Sin embargo, dichas consecuencias legales las precisamos más adelante en otro apartado de este artículo.

¿Qué elementos del delito deben probarse ante la corte para que me declaren culpable de este delito?

Antes de responder esa pregunta, vale la pena aclarar que los llamados “elementos del delito” son los supuestos legales o circunstancias bajo las cuales se configura el delito, y por tanto, también son aquello que debe demostrar la parte acusadora para que se profiera una sentencia condenatoria en su contra.

Ahora bien, cada delito tiene sus propios elementos que lo configura, y en el caso en concreto del de presentar instrumentos falsos, estos son los que ya previamente habíamos nombrado:

  • Presentó un documento para registrarlo en una oficina pública

  • Cuando lo presentó sabía que el documento era falso

  • Y de haber sido genuino, el mismo podía presentarse legalmente

Es importante mencionar que son los tres elementos juntos en un mismo hecho los que configuran el delito, y no cada uno por separado, lo que significa que, si la parte acusadora solo logra probar uno o dos, el tribunal no puede declararlo culpable del hecho.

Ahora bien, cada uno de estos elementos tiene involucrados aspectos legales importantes conocer, y por tanto, en las siguientes líneas, abordaremos más en detalle de qué se trata cada uno.

Presentó un documento para registrarlo en una oficina pública

Lo primero que debemos precisar sobre este elemento, es que “presentar para ser archivado o registrado” no es lo mismo que “sea archivado o registrado”, es decir, bajo esta ley no es relevante si finalmente usted cumplió el objetivo o no de que la oficina pública admita su documento y este sea registrado o archivado, pues basta con que lo presente con esa intención.

En palabras más simples, el solo hecho de presentar el documento ante la oficina pública con la intención u objetivo de que dicho ente lo archive o registre, ya da por satisfecho este elemento, aun si la oficina pública decide no archivarlo o registrarlo. De modo que, en sí, lo que la parte acusadora debe probar respecto a este elemento es que usted presentó el documento.

El otro punto importante de este elemento es que, aunque usted no haya sido el autor del instrumento falsificado, de igual modo puede ser sancionado por este hecho punible, pues repetimos lo anterior de que lo relevante, para dar por satisfecho el elemento, es que usted presente el documento. Por su puesto y lógicamente el autor del instrumento falsificado también tendrá una responsabilidad penal por el hecho de falsificarlo, pero ello no excluye la del gestor que lo hizo presentar.

Por último, cabe mencionar que los tribunales de California han interpretado de manera muy amplia el término “documento”, estableciendo que el mismo puede referirse a títulos de propiedad, pero también la declaración de impuestos o de ingresos, estados de cuenta bancarios, referencias laborales que se entregan a los oficiales de libertad condicional, permisos de pesca, y en general, cualquier documento que pueda presentarse en una oficina pública.

Ahora bien, el solo hecho de presentar un documento no configura el delito si no coexisten los otros dos elementos que explicaremos a continuación.

Cuando lo presentó sabía que el documento era falso

Pongamos el caso de Amy quien es inmigrante y tramitó con un abogado gestor la apostilla de su título profesional en su país de origen, pero este realmente no lo gestionó, sino que lo falsificó, se lo entrega a Amy, esta le paga por sus servicios, y posteriormente Amy lo presenta ante la entidad acreditada para evaluarlo y validar su título, el funcionario encargado se da cuenta de su falsedad y llama a las autoridades para su arresto. En ese caso en específico Amy, habiendo presentado un documento falso, ¿debe ser sancionada por el hecho? lógicamente no, porque debido a estas situaciones es que la ley exige que la persona sea condenada solo si tenía el conocimiento previo de que se trataba de un documento falsificado.

Este es el elemento que a la parte acusadora más le cuesta probar, al menos de que se tenga una confesión de parte del acusado, pues tratar de demostrar algo que es intrínseco en la persona es bastante complejo. No obstante, tampoco es algo imposible, en la mayoría de los casos el conocimiento se prueba con indicios que hagan inferir que el acusado actuó a sabiendas, pero en sí es difícil, y en virtud de ello, es común que la defensa del acusado gire en torno a la falta de conocimiento.

Y de haber sido genuino, el mismo podía presentarse legalmente

De acuerdo con la ley que regula este delito, además de la presentación del documento a sabiendas de que el mismo es falso, este debe tener la característica de que, bajo el supuesto de que hubiese sido genuino, el documento habría sido archivado o registrado sin inconvenientes legales.

¿A qué sanciones se enfrenta una persona acusada de este delito?

Como lo mencionamos anteriormente, de acuerdo con la ley que lo regula, este es un delito grave, y por tanto las sanciones a las que se enfrenta son muy severas. Si un tribunal lo halla culpable de presentar un instrumento falso las sanciones son potencialmente las siguientes:

  • Libertad condicional formal,

  • Cárcel o prisión por un lapso no mayor a 3 años

  • Pagar una multa cuyo valor no será mayor a $10.000

Tome en cuenta que usted no será elegible para optar a libertad condicional si tiene antecedentes por este delito o la pérdida causada por su acción se estima en más de $100.000.

Pero su situación puede volverse más grave aún si el hecho se subsume en la circunstancia agravante que menciona la ley.

¿Qué es una circunstancia agravante? Una circunstancia de este tipo es un elemento que no tiene que estar presente en el hecho para que el delito se configure, pero que, de estarlo, las sanciones aplicables se vuelven más severas. En palabras más simples, es un factor presente que agrava el delito, más de lo que por sí ya es grave.

Este hecho punible prevé como circunstancia agravante que las circunstancias concretas del caso cumplan con todo lo siguiente:

  • Si le condenan por dos o más delitos graves que involucran malversación o fraude

  • Los delitos son parte de un patrón delictivo

  • Los delitos se cometieron contra al menos dos víctimas diferentes, o contra una misma, pero en más de una ocasión

  • La pérdida económica que generó en acusado fue de más de $100.000

Si el caso se subsume en todos los elementos anteriormente mencionados, entonces el acusado se estaría enfrentando a una sentencia adicional y consecutiva de 5 años de prisión estatal y/o una multa cuyo valor máximo es de hasta $500.000 o por el doble del fraude (la suma más alta).

Vale la pena aclarar que cuando se habla de una sentencia “adicional y consecutiva” ello significa que la misma se aplica además de la sentencia principal y se empieza a contar luego de completado el período de esta última.

Por otro lado, también es necesario tener en cuenta que en cargos de este tipo frecuentemente la parte acusadora lo acusa de más de un delito, por ejemplo, si le acusan de presentar a sabiendas de su falsedad un documento, pero además usted mismo es quien lo falsificó, lo podrían acusar tanto de presentar un documento falso, como de falsificación. En esos casos, usted se enfrenta a que, de ser hallado culpable de ambos delitos, su sentencia final sea devastadora.

Igualmente, debe considerarse que, tal como lo mencionamos en un principio, la ley que tipifica este delito establece que cada documento falso presentado se cuenta como una violación separada, lo que significa que, si le acusan de presentar dos documentos a sabiendas de su falsedad, las sanciones que correspondan a cada cargo se acumulan.

Ahora bien, además de la disposición legal 115 del Código Penal, existen otras leyes que también se aplican a cargos de este tipo y que podrían agregar más consecuencias legales a su situación. Un ejemplo de ello es la Ley de Inmigración y Nacionalidad Federal, ya que siendo este un delito que implica deshonestidad, se considera pues un crimen de vileza moral, y de acuerdo con la mencionada ley federal, los crímenes de vileza moral son “deportables”, es decir, si es hallado culpable del hecho punible, y no es ciudadano estadounidense, muy probablemente el tribunal lo deporte. Sin embargo, esta ley sólo es aplicable si se demuestra que el acusado actuó con intención de defraudar.

Tenga en cuenta que para que el tribunal lo deporte, basta con que incurra en un delito deportable, sin que sea impedimento de ello si su estatus migratorio es legal, si tiene hijos dependientes nacidos aquí o cualquier otro factor, porque aún en esas circunstancias lo pueden expulsar del país.

Otra ley aplicable es la sección 29800(a)(1) del Código Penal, que prohíbe a los delincuentes condenados por delitos graves, poseer, comprar o tener bajo su control armas de fuego. Es decir, bajo esta ley, si lo condenan por un delito grave (como lo es la presentación de documentos falsos), usted perdería sus derechos de armas, y de hacer caso omiso a esta prohibición, ello implicaría un delito en sí mismo que lo podría llevar a enfrentarse nuevamente a la cárcel.

¿Qué otros delitos están normalmente vinculados al de presentar documentos falsos?

Como lo mencionamos en líneas anteriores, normalmente el cargo de presentar documentos falsos no se imputa solo, sino en conjunto con otros cargos por diferentes delitos, y en ese caso su situación legal se complica más, pues se enfrenta sanciones que se acumularan en su sentencia final.

Por esa razón consideramos importante mencionar y explicar, aunque sea de forma general, cuáles son algunos de los delitos que normalmente se vinculan al de presentar instrumentos falsificados, estos son:

  • Perjurio – De acuerdo con la sección 118 PC

  • Abuso de anciano – De acuerdo con la sección 368 PC

  • Falsificación – De acuerdo con la sección 470 PC

Veamos qué se tipifica como delito según lo que establecen cada una de las disposiciones legales antes mencionadas:

Perjurio – De acuerdo con la sección 118 PC

Una persona comete perjurio cuando deliberadamente da un testimonio falso mientras está bajo juramento. De acuerdo con la ley que lo regula, y contrario a los que muchos piensan, este es un delito grave que puede castigarse con hasta 4 años de prisión estatal y/o una multa no mayor a $10.000, es decir, prevé sanciones incluso más severas que las previstas para el delito objeto de análisis en este artículo.

Abuso de anciano – De acuerdo con la sección 368 PC

Bajo esta sección del Código Penal, es un delito abusar física o emocionalmente de una persona con 65 años o mayor de esa edad, pero también, explotarla financieramente.

Supongamos que usted presenta un documento falsificado en el que su padre de 68 años le traspasa un bien inmueble. Esto podría implicar tanto la presentación de un documento falso como el abuso de un anciano.

La ley que lo regula castiga el abuso de ancianos con hasta 4 años de prisión estatal y/o una multa que no sobrepase los $10.000, y adicionalmente puede ser condenado a pagar una restitución económica.

Falsificación – De acuerdo con la sección 470 PC

Según esta disposición legal el solo hecho de falsificar un documento o alterar la información o contenido del mismo es un delito, sin necesidad de que lo tenga que presentar a un ente.

Si le acusan además de ser el autor del documento falsificado que presentó, podrían acusarle de ambos delitos.

La falsificación es punible con hasta un año de cárcel o hasta 3 años, y las multas pueden alcanzar los $1.000 o $10.000, todo depende de si se imputa como un hecho punible menor o grave, ya que este es un delito “wobbler” (un delito que se tambalea entre ambas clasificaciones).

¿Cómo puedo defenderme de estas acusaciones?

Ello lo determinará de mejor manera un abogado basándose en los detalles específicos de su caso, pues cada caso es diferente y por tanto no todas las defensas son aplicables a todos los casos. Lo que sí puede hacer en su defensa, en cualquier caso o escenario legal, es contratar los servicios de un abogado penalista con experiencia en defensa criminal lo más rápido posible.

No obstante, a continuación se nombran las estrategias más empleadas en este tipo de cargos:

  • No hubo conocimiento por parte del acusado sobre la falsedad del documento. Como se mencionó anteriormente, el conocimiento sobre que lo que está presentado es un instrumento falso, es el elemento esencial que configura el delito, y también el más complejo de probar para la parte acusadora, por ende, muchas veces la estrategia de defensa de los abogados va dirigido a debilitar el alegato y pruebas tendientes a demostrar el conocimiento para lograr desestimar los cargos.

  • Falsas acusaciones. Muchas veces las personas que se disputan una propiedad, normalmente familiares o ex cónyuges, acusan falsamente a la otra persona de presentar documentos falsos para acreditar la propiedad. En esos casos, su abogado puede alegar que la acusación es falsa y esclarecer al juez la realidad de los hechos.

  • Evidencia insuficiente. Un alegato de evidencia insuficiente no es el típico argumento de que no existen pruebas en su contra, sino que las que hay no son bastan por sí solas para condenarlo, siendo que debieron ser acompañadas con otras pero la parte acusadora no lo hizo.

  • Llegar a un acuerdo con la parte acusadora. Muchas veces los juicios terminan antes del veredicto con un arreglo entre las partes del mismo que normalmente implica una indemnización económica por las pérdidas generadas. Un abogado podría iniciar estos arreglos y llegar a un acuerdo en nombre y representación suya.

Estas son solo algunas de las estrategias de defensa que podría emplear un abogado defensor en su favor, pero como lo mencionamos antes, es importante que se asesore legalmente para que sea un profesional del derecho penal quien determine la estrategia de defensa en su caso en concreto.

Necesito ayuda legal de un abogado con conocimientos en materia penal cerca de mí

Este tipo de acusaciones son muy complejas debido a que los cargos que se imputan son por un delito grave, por lo que se estaría enfrentando a sanciones muy severas, y ello se complica aún más dependiendo de las circunstancias del caso, ya que pueden estar involucradas otras leyes. Por ello, es importante que, ante el evento de que le imputen un cargo por presentación de documentos falsos, acuda rápidamente a un abogado para asesorarse legalmente y establecer una estrategia de defensa sólida.

Independientemente de que tan complicada se mire su situación legal, las muchas pruebas que tiene en su contra, o si cometió o no el delito, siempre será beneficioso contar con una representación legal adecuada, pues solo así estará seguro de que obtendrá los mejores resultados posibles en su caso legal, bien sea logrando desestimar el caso, o bien al menos disminuyendo sus consecuencias legales, con lo que se podría ahorrar el tiempo de cárcel obteniendo su libertad condicional, que es más probable si alguien más lo representa. Además, tenga en cuenta que muchas veces una buena defensa tiene más peso legal que las muchas pruebas en su contra, y más común de lo que se cree, pueden cambiar el panorama legal de desfavorable a alentador.

Si está en San Diego California, puede asesorarse con los abogados de San Diego Criminal Attorney llamando al 619-880-5474. Nuestros abogados cuentan con el conocimiento y experiencia suficiente que su caso necesita. No intente defenderse sólo, ni menos aún contar con un defensor público, porque estos siempre tienen exceso de trabajo y no le prestarán la debida atención a su caso. Programe su cita con nosotros hoy mismo.