Bajo las leyes de California, poseer una sustancia controlada sin tener una orden o prescripción médica, se considera un hecho punible que puede implicar pasar un tiempo en prisión. Esto incluye no solo sustancias o drogas ilícitas, sino también aquellas que si bien no son prohibidas, su elaboración, posesión, y consumo está controlado por el Estado debido a que pueden constituir un riesgo para la salud de quien las consume por ser altamente adictivas y causar dependencia. Lo cual, a menudo, causa sorpresa en los procesados, ya que no tenían conocimiento de que la posesión de ciertos fármacos pueden originar consecuencias legales en razón de un delito de drogas.

Entendemos perfectamente que enfrentar estos tipos de cargos casi siempre resultan confusos para el acusado, además de causar afecciones dentro de su entorno familiar. La pregunta que comúnmente nos hacen nuestros clientes es ¿iré a prisión? Si bien una condena por este delito podría implicar pasar un tiempo privado de su libertad, no es menos cierto que existen estrategias de defensa encaminadas a derribar los argumentos expuestos por el Fiscal, lo que significa que no necesariamente irá a prisión.

Si está requiriendo urgentemente una asesoría legal y se encuentra en San Diego, puede ponerse en contacto con nuestro equipo y agendar una consulta con un abogado de posesión de sustancias controladas de San Diego Criminal Attorney.

Entre tanto, si tiene dudas respecto de lo que implica este delito, puede continuar leyendo nuestro artículo para recibir más información.

¿Qué sustancias son controladas?

Las sustancias de esta índole abarcan toda droga capaz de crear adicción o cuyo consumo pueda causar afecciones en el estado mental y físico del individuo que las consume, lo que implica un acto peligroso si no es debidamente recomendado y supervisado por un médico. Por esa razón dichas sustancias están reguladas y controladas por el Estado.

Cabe aclarar que, las sustancias a las que refiere este delito abarcan tanto sustancias legales como ilegales. Algunas de estas, y bajo las cuales se procesa comúnmente este delito son las siguientes:

  • Heroína

  • Crack

  • LSD

  • Cocaína

  • Vicodin

  • Valium

  • Codeína

  • Oxicodona

Nota: Cabe resaltar que muchas de estas sustancias son drogas utilizadas para tratar dolencias, pero debido a su potencial adictivo, son reguladas por el Estado.

¿Hay fármacos que son ilegales?

El Estado de California en sí no prohíbe los fármacos, estos no son iguales que las drogas ilegales, pero sí controla su consumo dada su peligrosidad. De modo que si usted posee prescripción u orden médica válida, no podría ser culpado por este hecho punible.

No obstante, como se refirió en líneas anteriores, este delito abarca tanto la posesión de drogas ilegales (aquellas prohibidas por la ley), como los fármacos legalmente controlados cuando no se tenga un récipe médico que lo justifique.

¿Cómo se categorizan las sustancias controladas?

Las leyes de California enmarcan las sustancias legalmente controladas en categorías determinadas por sus características y efectos, desde las más dañinas hasta las de menor peligrosidad.

Esto es importante en virtud de que las condenas aplicables por este delito se vuelven más severas dependiendo de la categoría en la que se enmarque la sustancia involucrada en el caso específico.

Dicho lo anterior, estas categorías se dividen en la siguiente manera:

Categoría I:

Las sustancias que abarca esta categoría se conforman de depresores, opiáceos, y alucinógenos, los cuales hacen que su consumo represente un peligro sanitario, principalmente por ser altamente adictivas y generar dependencia en quien la consume. Algunas de estas son:

· Cocaína base

· Éxtasis

· Peyote

· Mescalina

· Heroína

Categoría II

Por su parte, esta categoría comprende drogas que, si bien constituyen un riesgo en su consumo, pueden ser empleadas en determinados tratamientos bajo supervisión y orden médica, de lo contrario, podrían tener efectos negativos en la salud de la persona que los consuma, y en razón de ello son controladas por el Estado. Las sustancias más conocidas que abarca esta categoría son:

· Morfina

· Hidrocodona

· Opio

· Cocaína

· Adderall

· Ritalin

· Anfetamina

Categoría III

Esta calificación posee cierta inferioridad en su potencial para ser adictivas u ocasionar dependencia, y abarca sustancias que han sido utilizadas ampliamente en algunos tratamientos, las más comunes de esta categoría son:

· LSD

· Clortermina

· Mazindol

· Benzfetamina

· Esteroides

· Testosterona

· Ketamina

Categoría IV

Esta categoría se compone de sustancias que constituyen un riesgo muchísimo menor a las anteriores, sin embargo, su problema son las cantidades, ya que de ser consumido en dosis significativas pueden resultar perjudiciales para la salud de la persona que la consume. No obstante, similar a la anterior, son utilizadas bajo tratamientos médicos. Algunas de estas son:

· Pemolina

· Ativan

· Xanax

· Valium

· Tramado

Categoría V

Esta categoría abarca sustancias que, si bien no son potencialmente adictivas (comparadas con las descritas anteriormente) requieren de prescripción y observación médica para consumirlas. Las más comunes son:

· Etilmorfina

· Buprenorfina

· Difenoxina

· Codeína

¿Puedo ser acusado de este delito si no llevaba conmigo la sustancia controlada?

El término “posesión” a los efectos de la ley se entiende en sentido amplio. Esto significa que para que una persona pueda enfrentar cargos de esta índole no se requiere que lleve consigo o encima la sustancia de la cual se trate, basta con que la persona haya ejercido un control sobre esta.

Un ejemplo de lo anteriormente explicado, puede ser la ocasión en que se haya encontrado la sustancia en su residencia, en el cuarto de su habitación, o en su vehículo automotor, supuestos bajo los cuales podría ser procesado por este delito, debido a que se presume que por el lugar donde se encontraba la sustancia, usted podría haber ejercido un control sobre la misma.

En ese sentido, la posesión puede calificarse según las circunstancias del caso en: real, constructiva, o articulada.

La posesión real; implica que la persona tenga la sustancia físicamente consigo, esto puede ser: en sus bolsillos, en su ropa, en sus manos, o en alguna parte física de su cuerpo.

Por su parte, la posesión constructiva; implica que la persona ejerza un control sobre la sustancia, aun cuando no la lleve consigo, por ejemplo: que la tenga dentro de su la residencia, habitación, vehículo automotor, casillero, u oficina.

Y por último, la posesión articulada; tiene lugar cuando un grupo de individuos poseen de forma física o constructiva la sustancia legalmente controlada.

Una situación que comúnmente ocurre bajo el supuesto de la posesión articulada es la ocasión en que los oficiales de la policía hallan una sustancia controlada en la residencia donde habitan un grupo de personas, aunque no todos sean dueños de la sustancia, si esta fue hallada en un espacio común de la residencia, por ejemplo: el baño, comedor, o sala de estar, podría dar lugar a una acusación de este tipo. No obstante, existen estrategias de defensas que se pueden emplear en estos casos para que el juez se convenza de que no todos los implicados tenían conocimiento de dicha posesión.

¿Qué debo hacer si soy arrestado por poseer sustancias controladas?

Inmediatamente sea detenido por favor evite emitir alguna justificación o explicación sobre lo ocurrido, al no conocer de términos legales lo que diga puede complicar aún más su situación legal ya que puede usarse en su contra ante la Corte.

Lo segundo, consulte su situación legal con un abogado especializado lo antes posible, es importante que elija bien, ya que prácticamente le estará confiando su libertad. Tenga en cuenta, que no cualquier abogado puede ayudarlo. Es importante que el abogado defensor que escoja tenga amplia experiencia litigando y que además esté especializado en la posesión de sustancias controladas, de lo contrario, no contar con una buena defensa podría costarle mucho dinero e incluso su libertad.

¿Qué se necesita demostrar en juicio para que me halle culpable de poseer sustancias controladas?

Para que una persona pueda ser condenada en razón del delito al que nos referimos, es necesario que, más allá de toda duda razonable, el fiscal asignado al caso demuestre mediante evidencia suficiente que en el hecho en concreto coexistieron los elementos que se describen a continuación:

· Que el acusado poseía de forma real, constructiva, o articulada, una sustancia legalmente controlada;

· Que su posesión sea ilegal;

· Que el acusado haya tenido conocimiento de que la poseía;

· Y que la dosis encontrada se pueda consumir.

A continuación, explicamos con mayor detalle cada uno de los elementos anteriormente mencionados:

Posesión real, constructiva, o articulada de una sustancia legalmente controlada

Bajo este elemento, el fiscal debe hacerse valer de pruebas para demostrar que el imputado o un grupo de ellos, llevaban una sustancia consigo, o ejercían un control sobre esta. Pero además que la sustancia poseída sea considerada como controlada bajo las leyes del Estado de California.

Que la posesión sea ilegal

Como lo referimos en líneas anteriores, las leyes en sí no prohíben la posesión de muchas de estas sustancias, por lo que algunas de estas drogas controladas son legales, siempre y cuando estén válidamente prescritas por un médico, de lo contrario su posesión es ilegal.

Conocimiento

Este elemento resulta imprescindible, puesto que no basta con que sea hallada la sustancia bajo su posesión, sino que además se debe probar que usted tenía conocimiento de ello.

Bajo ese contexto, una persona que sea acusada por posesión articulada en conjunto con otro individuo, con quien habita en la misma residencia, y el primero no tenía conocimiento de que su “roommate” había comprado ilegalmente drogas de este tipo, no puede ser culpado por poseer una sustancia controlada, aun cuando esta haya estado en un área común de la residencia.

Que la dosis encontrada se pueda consumir

Este elemento refiere a que la cantidad sea considerable para ser utilizada, lo que no es lo mismo que sea suficiente para drogar a una persona, basta con que se pueda consumir, legalmente se dice que la sustancia debe ser hallada en una “cantidad utilizable”

En palabras más simples, unos residuos de cualquiera de estas sustancias no son suficientes para condenar a una persona por este hecho punible.

¿Qué sanciones se aplican como resultado de una condena por posesión de sustancias controladas?

Un cargo de esta índole no debe tomarse a la ligera, pues las sanciones aplicables a este hecho punible son severas.

Poseer sustancias legalmente controladas constituye lo que en derecho se denomina un “wobbler” lo cual significa que el fiscal, a su criterio, podrá calificar el delito como menor o mayor (que se tambalea entre ambas calificaciones) según los detalles específicos del caso que se trate y si el acusado posee precedentes penales.

Como delito menor una sentencia de este tipo puede contemplar las siguientes sanciones:

· Pena de prisión por hasta 1 año;

· Multa no mayor de $1.000; y/o

· Libertad condicional; bajo este beneficio se le impondrán como alternativa a la prisión el cumplimiento de programas de desviación de drogas, servicio comunitario, y cualquier otra condición que pueda considerar el juez según los detalles del caso.

Pero si el fiscal califica el delito como grave o mayor, las condenas que se enfrentan aumentan su severidad en la siguiente medida:

· Pena de prisión por un mínimo de 16 meses y un máximo de 3 años.

¿Qué otras consecuencias legales se derivan de una condena por este hecho punible?

Uno de los efectos legales que más causa afecciones son los antecedentes penales, ya que muy probablemente disminuya las posibilidades de que el condenado consiga un trabajo u obtenga una vivienda digna.

Otra consecuencia es que, dependiendo de cada caso en específico, el juez puede adicionar a la condena la pérdida de un derecho, por ejemplo, el derecho de poseer arma de fuego.

Si usted es un inmigrante, una condena por este delito puede afectar negativamente su estatus migratorio, pudiendo incluso causar una deportación, aun cuanto resida legalmente en EE.UU.

¿Cómo puedo defenderme en caso de que sea acusado por posesión de sustancias controladas?

Que esté enfrentando cargos por este delito no significa que necesariamente deba ir a prisión, aunque su caso parezca complejo, por favor acuda de inmediato a un abogado de leyes criminales, este podrá evaluar su situación legal y determinar las estrategias de defensa que más se adecuen al caso en específico. Algunas de las más comúnmente utilizadas por abogados criminalísticos son las siguientes:

Usted no poseía una sustancia controlada; esta estrategia de defensa consiste en desvirtuar las pruebas que el fiscal presentó para demostrar el elemento de la posesión, para ello, su abogado defensor puede atacar los puntos débiles de la evidencia que se tiene o promover otras con más validez probatoria a su favor que debiliten las de la contraparte.

En el supuesto de que no se logre determinar la posesión, los cargos por este delito podrían ser desestimados en su totalidad.

Falta de conocimiento; esta estrategia consiste en alegar a su favor que usted no conocía de la naturaleza controlada de esta droga, o simplemente no sabía que la poseía. Esta defensa es la más comúnmente utilizada cuando el fiscal argumenta posesión articulada, es decir, que varias personas tenían posesión de una misma droga, sin embargo, esto no implica que usted haya sido el dueño o siquiera haya tenido conocimiento de que las otras personas la tenían bajo su posesión.

Un ejemplo que sirve para explicar esta situación, es la ocasión en que un chico pasa buscando en su vehículo automotor a un amigo para ir juntos a una fiesta, este último entra en el auto y lleva consigo morfina, la cual, saca de sus bolsillo y la coloca en uno de los compartimientos del vehículo, posteriormente un oficial de policía solicita la detención del vehículo debido a la alta velocidad en que se conducía, al inspeccionar la situación se da cuenta que hay morfina en el auto y los arresta por poseer sustancias legalmente controladas. Este caso puede lograr su desestimación alegando que el dueño del vehículo realmente no tenía conocimiento de la naturaleza de la droga que su amigo ingirió dentro del auto, que habría sido adquirida de manera ilegal, o simplemente porque no prestó atención o no le dio importancia al hecho.

Si la defensa logra ser probada y causa convicción en el jurado, muy probablemente los cargos por el hecho punible al que nos referimos serán desestimados en su totalidad.

Usted tenía orden médica válida; como lo referimos en líneas anteriores, este cargo tiene lugar no sólo cuando se poseen drogas ilícitas, sino que también por sustancias que, aunque no son ilícitas, están debidamente controladas por el Estado debido a su alta peligrosidad para consumir sin observación médica.

En ese sentido, una persona que posee una sustancia no ilícita bajo orden médica válida, no puede ser condenada por este delito. De ser el caso, su abogado defensor deberá llevar a juicio la prescripción médica suscrita por un profesional de la medicina debidamente acreditado, lo cual constituye una prueba fehaciente y el caso quedaría desestimado.

Víctima de engaños por parte de agentes policiales; esta defensa tiene lugar cuando el acusado cometió el hecho punible inducido u obligado por oficiales de la policía quienes lo estimularon. Aunque esta defensa suene rebuscada, estos casos suceden más comúnmente de lo que parece, sobre todo a mano de agentes de la ley que buscan arrestar a una persona a toda costa.

De ser debidamente probada esta defensa, aunque usted haya cometido el hecho punible, dado a que un agente de la ley lo animó a cometer el delito, su caso quedaría desestimado.

Irregularidades en la obtención de pruebas; muchas personas no acuden a los abogados por cuanto piensan que todas las pruebas están en su contra y dados los detalles de su situación legal resulta muy poco probable que se obtenga una sentencia favorable, entonces prefieren desistir de ello y aceptar un acuerdo de la fiscalía. Sin embargo, legalmente es posible que un abogado a través de los mecanismos legales dispuestos para ello pueda solicitarle al juez que una prueba sea desechada en virtud de que no se cumplieron con los procedimientos establecidos en la ley para su obtención.

Bajo ese contexto, cualquier evidencia obtenida de forma irregular (que no siguió los procedimientos establecidos en la ley) puede ser desechada del juicio y en consecuencia no podrá ser tomada en cuenta, básicamente, se hace como si nunca hubiera existido. Gracias a esta defensa, su abogado de leyes criminales podrá disminuir la evidencia que se tiene en su contra y debilitar los argumentos del fiscal, pudiendo implicar que su caso sea finalmente desestimado.

Las situaciones más comunes en la que se emplea esta defensa son en caso de registro e incautaciones ilegales.

La sustancia nunca estuvo bajo su control; esta defensa consiste en alegar que la sustancia que se halló realmente no estaba bajo su control. Por ejemplo, supongamos el caso en que un oficial de policía haga el registro de la vivienda donde usted en ese momento es el único residente, durante el procedimiento, el funcionario policial encuentra Valium en una de las habitaciones de la vivienda y lo arresta por poseer una sustancia controlada, sin embargo, aunque usted sea el único residente, el apartamento no es de su propiedad y su calidad allí es de arrendado, bajo tal condición usted no tenía acceso a la habitación donde se encontró la sustancia, sino únicamente a la suya y la cocina, por lo que no podría decirse que ejercía un control sobre la sustancia que fue hallada.

Evidencia insuficiente; esta es la estrategia de defensas más común entre todas, y consiste en atacar la escasez o deficiencia probatoria que presentó el fiscal respecto de alguno de los elementos que se deben demostrar para que se tenga ocurrido el delito.

Agendar una asesoría legal con un abogado de posesión de sustancias controladas en San Diego, CA.

Enfrentar un cargo de esta índole no es una situación que se deba tomar a la ligera, sobre todo considerando que las condenas por este delito son realmente severas. Por esa razón, debe actuar lo antes posible y buscar ayuda legal de un abogado especializado en el delito, tomar esta acción temprana puede aumentar sus posibilidades de librarse de una sentencia condenatoria.

Si actualmente requiere asesoría legal, puede contactar con nuestro equipo y pedir que le agenden una asesoría gratuita con un abogado de posesión de sustancias controladas de San Diego Criminal Attorney para obtener una defensa especializada. Llame ahora mismo al 619-880-5474 o complete nuestro formulario en línea. Estamos disponibles 24/7 para usted.