Contrario a lo que comúnmente se piensa, y pese a que a menudo se utiliza la expresión “asalto y agresión”, en realidad se trata de dos delitos que son completamente diferentes, cuyas condenas también originan sanciones distintas.

Pero ¿Cuál es la diferencia entre el delito de asalto y el delito de agresión? ¿Por qué usualmente se les confunde tanto? Quizás la confusión se debe a que, por lo general en un mismo caso, se presentan cargos por asalto y cargos por agresión de forma conjunta. Sin embargo, no son lo mismo.

Usted incurre en el delito de asalto cuando teniendo la capacidad de llevar a cabo el acto, intenta de forma ilegal cometer una lesión violenta sobre otro. Por su parte, usted comete el delito de agresión cuando de forma ilegal e intencional, emplea la fuerza o la violencia sobre otro. Dicho de otro modo, el asalto es el acto de intentar imponer la fuerza sobre otra persona, en cambio la agresión es cuando realmente lo hace.

Los cargos tanto por asalto como por agresión, son tratados seriamente por los tribunales de California, y es por esta razón que usted necesita a su lado un abogado de leyes criminales que tenga experiencia manejando estos casos y en San Diego Criminal Attorney podrá encontrarlo. Contamos con un equipo legal altamente capacitado y enteramente a su disposición que evaluará en detalle las circunstancias de su caso particular y empleará las tácticas de defensa idóneas con el propósito de obtener los mejores resultados posibles.

¿Cuál es la definición de agresión de acuerdo con las leyes de California?

Según lo que dispone la ley de California, la agresión simple se define como tocar deliberadamente y de una forma dañina u ofensiva a otra persona. Para un mayor entendimiento, a continuación, examinaremos con más detalles los elementos que plantea esta definición:

Tocar a alguien más

Significa que usted ha debido hacer cualquier tipo de contacto físico con otro individuo. De hecho, basta con que el contacto haya sido mínimo, para que se configure el delito.

Ejemplo: Durante una fuerte discusión, alguien le dice a usted algo particularmente ofensivo sobre uno de sus familiares, frente a lo cual reacciona y le escupe en la cara a la otra persona. En este caso usted podría ser culpable de agredir a otro, por el sólo hecho de haberle escupido, ya que el más mínimo contacto deliberado que sea realizado de manera dañina u ofensiva, encaja con los requisitos que constituyen la conducta delictiva.

Un aspecto importante que se debe destacar sobre este delito, es que no es necesario que, al hacer contacto físico, se cause una lesión en la otra persona. Véase cómo en el caso anterior, la agresión consistió en escupir la cara de otro sujeto, acto que no tiene la capacidad de producir un daño, herida o causar dolor. En pocas palabras, para que se configure una agresión no siempre se requiere que se haya producido un daño.

Otro factor que se debe tener en cuenta es que la agresión se puede producir incluso a través de la ropa de la víctima y/o de forma indirecta mediante un objeto que se emplee con el fin de tocarla.

Deliberadamente

Esto implica actuar de forma voluntaria o a propósito. No quiere decir necesariamente que la persona pretendiera transgredir la ley, herir a alguien más u obtener alguna clase de ventaja. Dicho de otra manera, no es necesario que se haya tenido la intención de cometer una agresión para ser culpable de la misma, pero sí se requiere haber tenido la intención de realizar el movimiento que causó dicha agresión.

Ejemplo: Durante una acalorada discusión con un compañero de trabajo, relacionada con un proyecto que ambos venían desarrollando en la empresa, de la rabia usted pierde los estribos, por lo que toma la calculadora de su escritorio y la arroja. Desafortunadamente, el implemento golpea por accidente a su compañero en la cabeza. Bajo este escenario, si bien es cierto que usted no tenía la intención de golpear a la otra persona con la calculadora, sí guardaba la intención de arrojar el objeto, con lo cual creaba un riesgo. Debido a lo anterior, usted podría ser culpable de agresión.

De forma dañina u ofensiva

Esto implica haber tocado a otra persona ya sea de manera violenta, irrespetuosa, con rabia o grosera.

¿Cuáles son las penas que se atribuyen por cometer una agresión simple?

En el evento de ser condenado por agresión simple, usted puede tener que enfrentarse a la imposición de las siguientes penas:

  • Cumplimiento de hasta 6 meses en prisión del condado
  • Libertad condicional informal
  • Pago de una suma que no exceda la cantidad de $2.000 por concepto de multas
  • Prestar servicio comunitario

¿Qué delitos se relacionan con la agresión?

En el Estado de California, son varios los delitos que están estrechamente relacionados con lo que dispone la sección 242 del Código Penal (la cual se refiere al delito de agresión simple). Estos son:

  • Agresión Agravada
  • Agresión contra un agente del orden público

Agresión Agravada

Cuando la agresión resulta en una lesión seria, entonces la persona puede enfrentar cargos por agresión agravada. Este delito recibe también el nombre de “agresión que causa lesiones corporales graves”.

Lesiones de esta magnitud, es decir graves, son todas aquellas que resultan en un deterioro serio de la condición física de una persona, como que por ejemplo se pierda el conocimiento, se produzca una conmoción cerebral, una fractura ósea, una herida que requiera suturas extensas, una pérdida o deterioro prolongado de la función de cualquier miembro u órgano del cuerpo, o una desfiguración grave.

Un ejemplo es el caso de dos aficionados al fútbol que se han reunido para ver una transmisión en directo de un partido. Cada uno de los aficionados apoya a un equipo de fútbol diferente. De repente uno de ellos se enfrenta al otro, arrojándole una botella de cerveza en la cabeza. El aficionado que recibe el impacto de la botella, sufre como resultado una conmoción cerebral y quien la lanzó, podrá ser acusado de cometer agresión agravada.

Según la ley en California, este delito es un “wobbler” y como tal, puede ser procesado como delito grave o menor a discreción del fiscal, quien se basará en los hechos específicos del caso y los antecedentes penales del acusado (en caso de tener alguno) para determinar la magnitud de los cargos.

Agresión contra un agente del orden público

Cuando la agresión se realiza contra determinados sujetos que gozan de protección por parte de la Ley debido a las ocupaciones que desempeñan (como es el caso de los oficiales de policía, bomberos, salvavidas, médicos o enfermeros que brindan atención de emergencia, entre otros sujetos protegidos) entonces la persona puede enfrentar cargos por el delito de agresión contra un agente del orden público.

Un ejemplo es aquel escenario donde en medio de una protesta, un grupo de manifestantes lanza piedras a los oficiales de policía que se encontraban en el lugar. Dichos manifestantes podrán enfrentar cargos por agredir a los agentes del orden público.

En California, este delito está tipificado en dos secciones del Código Penal que corresponden a la 243(b) y 243(c) dependiendo de si el agente que fue víctima de la agresión, resultó como consecuencia del contacto, con una lesión o no. En estos casos es fundamental determinar si en el momento en que ocurrieron los hechos, el agente estaba cumpliendo sus funciones, ya que, de no ser así, entonces el delito se reduce a agresión simple.

¿Cuál es la definición de asalto según las leyes de California?

Conforme a lo señalado por la ley del Estado de California, el asalto se define como el intento ilegal, junto con una capacidad actual, de cometer una lesión violenta sobre otra persona.

Tenga en cuenta que usted puede ser acusado y condenado por asalto, incluso si nadie resultó herido por su comportamiento.

¿Cuáles son las penas que se atribuyen por cometer un asalto simple?

En el evento de ser condenado por asalto simple, usted puede tener que enfrentarse a la imposición de las penas que se indican a continuación:

  • Cumplimiento de hasta 6 meses en prisión del condado
  • Libertad condicional informal
  • Pago de una suma que no exceda la cantidad de $1.000 por concepto de multas
  • Prestar servicio comunitario

¿Qué delitos se relacionan con el asalto?

En California, existen varios delitos que guardan relación con la sección 240 del Código Penal (la cual se refiere al delito de asalto simple). Estos son:

  • Asalto con arma mortal
  • Asalto contra un funcionario público

Asalto con arma mortal

Este delito encuentra su fundamento legal en el Código Penal de California en su sección 245. Como su nombre lo indica, se refiere al asalto que se comete con un arma mortal.

Ejemplos clásicos de arma mortal son: una navaja, una pistola o un cuchillo. Sin embargo y a diferencia de lo que se cree, objetos tan simples como un lápiz, la punta del tacón, un picahielos o hasta un vehículo, también pueden ser considerados como armas mortales cuando se emplean de tal forma que puedan ocasionar lesiones corporales graves en otra persona.

Un ejemplo es el caso de un conductor que, al ir en su vehículo, se encuentra detrás de una persona en bicicleta la cual se niega a orillarse a un lado de la carretera y darle paso. Después de mucho intentar sobrepasar la bicicleta, sin éxito, el conductor decide golpear la llanta trasera de ésta, pero no lo logra. En este caso el conductor podrá ser acusado de cometer un asalto con arma mortal debido a que intentó usar su vehículo para ocasionar un daño a la persona que manejaba bicicleta, aun cuando esta última no haya resultado lesionada.

En California, este delito es un “wobbler” lo que quiere decir que puede ser procesado como un delito grave o menor según lo determine el fiscal. Las sanciones para tal condena, dependerán del arma utilizada, si la otra persona resultó o no lesionada y en caso de que haya sido así, la gravedad de la lesión.

Asalto contra un funcionario público

Cuando el asalto se comete en contra de determinadas personas cuya labor se traduce en brindar un servicio para el público en general, entonces la conducta llevada a cabo puede resultar en cargos por asalto contra un funcionario público.

Los funcionarios públicos en el ejercicio de las funciones relativas a su cargo, adoptan decisiones que muchas veces no son compartidas por todo el conglomerado social. De modo que, cuando una persona intenta atacar a un funcionario en represalia o con el fin de evitar que desempeñe las funciones que le corresponde realizar, entonces ha incurrido en el mencionado delito.

Según las leyes de California, este delito es también un “wobbler” y como tal, puede ser calificado por el fiscal, como delito grave o menor, teniendo en cuenta las particularidades del caso en cuestión, y de la existencia o no de antecedentes penales en el acusado.

¿Cómo diferenciar la agresión y el asalto?

A menudo se utiliza la expresión “asalto y agresión” y esa es una de las razones principales por las que comúnmente se cree que se trata de lo mismo cuando no es cierto. Por este motivo, debemos ser enfáticos en el hecho de que se trata de dos delitos completamente diferentes.

La diferencia se desprende básicamente de la definición legal de cada uno de estos delitos. El asalto está tipificado en el Código Penal de California en la sección 240, y señala que una persona incurre en este delito cuando lleva a cabo una acción que puede infligir daño físico a otro. Por su parte, la agresión encuentra fundamento en la sección 242 del mencionado estatuto, e implica infligir realmente la fuerza o violencia sobre otro.

El siguiente ejemplo puede esclarecer de mejor forma la confusión entre ambos delitos:

Un hombre trata de lanzar chocolate caliente directo hacia la cara de uno de sus socios, sin embargo, como no tiene buena puntería, falla en el intento y la otra persona no resulta herida. Esto corresponde a un asalto. Por el contrario, si el hombre al lanzar la bebida, hubiera logrado verterla sobre el socio, entonces se trataría de una agresión.

De lo anterior, es posible llegar a las siguientes dos conclusiones:

  • El asalto no implica necesariamente un contacto físico real, mientras la agresión sí.
  • El asalto consiste prácticamente en un intento de agredir, y la agresión es cuando de verdad se agrede. Dicho de otra forma, el asalto se refiere al intento de violencia, mientras que la agresión significa que realmente ocurrió la violencia.
  • Un asalto puede ocurrir sin necesidad de que se configure una agresión, pero una agresión no puede ocurrir sin comenzar primero como un asalto.

¿Cuáles son las consecuencias que se derivan de una condena por asalto y agresión?

Cualquier persona que sea condenada por asalto o agresión, se ve expuesta a enfrentar una serie de dificultades en el futuro, dentro de las que se mencionan las siguientes:

  • Consecuencias migratorias como una posible expulsión o deportación de los Estados Unidos en el evento de no ser ciudadano. También es posible que se presenten inconvenientes para renovar o solicitar ciertos procesos de inmigración.
  • Antecedentes penales que pueden disminuir considerablemente las posibilidades de obtener e incluso mantener un empleo en el futuro, acceder a créditos estudiantiles o alquilar una vivienda.
  • Posible pérdida de la licencia que le permite ejercer su profesión en el Estado de California.

¿Cuáles son las defensas que comúnmente se emplean en casos de asalto y agresión?

Primero que todo, tenga en cuenta que ser provocado no es una defensa contra un cargo de asalto o agresión. Cuando una persona es provocada, es responsable de sus propias acciones y se espera que actúe de tal manera que mantenga a salvo a las demás personas que se encuentran a su alrededor. No obstante, recuerde que usted es inocente hasta que se demuestre lo contrario, y el fiscal tiene la carga de la prueba, es decir, debe probar más allá de toda duda razonable que usted es culpable de cometer el delito. Por consiguiente, si no logra probar cada uno de los elementos constitutivos del delito, entonces no se puede dictar una condena.

También es importante que tenga en consideración que existen un gran número de defensas legales que pueden aplicarse con el fin de evitar una condena. Dependiendo de los detalles del caso, y de los cargos formulados, su abogado criminalista sabrá cuál de ellas emplear para defenderlo de las acusaciones, entre las que se destacan las siguientes:

  • La acusación en contra suya es fabricada, el delito jamás ocurrió y la “víctima” mintió y lo denunció por asalto o agresión porque quería lastimarlo por alguna otra razón.
  • Usted fue identificado erróneamente y alguien más es culpable de cometer el delito.
  • Usted no tenía la capacidad de imponer fuerza sobre la otra persona.
  • La otra persona sabía que era probable que ocurriera un contacto físico, lo que en otras palabras significa que hubo consentimiento.
  • El presunto asalto o agresión fue de hecho, un acto en legítima defensa.

Con respecto a los casos de identificación errónea, son más comunes de lo que se cree, y por lo general se presentan en aquellos escenarios de peleas en bares o peleas callejeras, donde varias personas se involucran en la riña y como resultado de ello, es posible que se le acuse injustamente de haber participado en ésta, cuando no es así. Quizás usted solamente intentaba proteger a sus amigos o separar a quienes realmente estaban involucrados para evitar mayores daños.

Con relación a la legítima defensa, ésta se refiere a llevar a cabo un acto en defensa propia o de un tercero. Un punto clave sobre este argumento es que no funciona en aquellos eventos en que la fuerza que usted haya empleado para su propia protección o la de otra persona, haya sido excesiva. Además, se debe tener una creencia razonable de que usted mismo o alguien más se encontraba en peligro inminente de sufrir un daño, y que era necesario actuar de inmediato para evitar que se materializara ese peligro. Recuerde que las palabras ofensivas no son suficientes para justificar un asalto o agresión bajo lo que plantea la legítima defensa.

El compromiso civil como una solución para cargos de asalto y agresión

Algunos casos que involucran asalto, agresión y otros delitos, se pueden desestimar si se logra llegar a un compromiso civil con la víctima. La mayoría de los compromisos civiles implican compensar económicamente a la víctima por las lesiones sufridas y otros costos relacionados. Una vez se pacta el compromiso civil, no se puede procesar a la persona de nuevo por el mismo delito.

El compromiso civil es una excelente opción para resolver un caso de asalto o agresión, evitando así correr el riesgo de ir a prisión o de tener antecedentes penales en su historial. Bajo estas circunstancias, es imprescindible contar con el apoyo de un abogado defensor que pueda discutir el compromiso con la víctima y obtener el apoyo del juez y el fiscal para que finalmente el caso pueda ser desestimado.

No obstante, es importante que tenga presente que los compromisos civiles no se pueden utilizar en casos que involucren agentes de la policía, violencia doméstica, abuso de ancianos o negligencia infantil.

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Un simple altercado puede fácilmente convertirse en algo más. Si usted o alguno de sus seres queridos ha sido acusado de asalto o agresión en San Diego, CA, debe ponerse en contacto lo más pronto posible con un abogado penalista que tenga experiencia en este tipo de asuntos.

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