Si un menor de edad viola alguna disposición legal, este debe enfrentar las consecuencias de ello. Por esta razón, deberá acudir a un tribunal de delincuencia juvenil para ser juzgado. Cuando en efecto se concluye que este fue responsable de llevar a cabo la comisión de un acto delictivo, la autoridad competente procederá a emitir su sentencia. Resulta importante tomar en consideración que entre las sanciones que debe enfrentar un menor luego de que el Juez emita su decisión, se encuentra el régimen de libertad condicional.

Generalmente, cuando un menor recibe una  sentencia por la comisión de un hecho punible y el Juez concede el beneficio de libertad condicional, el caso puede tornarse bastante complejo, y a causa de ello resulta de suma importancia contar con un asesor legal. Por suerte, si se encuentra en San Diego, CA, usted podrá contar con los servicios de nuestros profesionales en San Diego Criminal Attorney, quienes se ocuparan de brindarle el apoyo necesario y trabajaran para obtener los mejores resultados.

¿En que se basa el régimen de libertad condicional para un menor?

Cuando un menor de edad es sometido a pasar un periodo bajo el régimen de libertad condicional, el Juez emite una orden para señalar que este podrá permanecer libre bajo una serie de condiciones que deben ser cumplidas en su totalidad. Es importante tomar en consideración que este representa un gran beneficio, pues de no existir el joven debería cumplir con un periodo obligatorio tras las rejas.

A su vez, el régimen de libertad condicional concede una serie de aportes significativos en la vida del menor, dado que se encarga de que este acuda a sus clases escolares y no se aislé de su comunidad. En este orden de ideas, el objetivo es contribuir con la rehabilitación del joven en vez de castigarlo. En estos casos, el menor será monitoreado por las autoridades para observar de cerca su progreso.

¿Qué función cumple un oficial de libertad condicional?

Si se establece que un joven debe permanecer bajo libertad provisional, este tendrá asignado a un oficial, quien tendrá el deber de estar alerta de los movimientos del menor y que este cumpla todas las condiciones estimadas. Entre dichas condiciones se precisa que el joven acuda regularmente a reuniones con el oficial.

En adición, el tutor legal del joven o sus padres se encuentran en el deber de comunicarle al oficial sobre cualquier actitud sospechosa o delictiva que ponga en riesgo el beneficio concedido por el Juez, dado que llevar a cabo acciones de este carácter incumplirían con los términos establecidos. Es decir, será de suma importancia que los padres del menor y el oficial tengan una buena relación. Esto, con el objetivo de evitar que el joven incurra nuevamente en la comisión de un delito.

Sin embargo, las funciones del oficial no solo se limitan a lo mencionado anteriormente. Resulta de gran importancia tomar en cuenta que este tiene un papel fundamental durante el desarrollo del caso, pues su opinión y percepción de los hechos es indispensable para el Juez. Esto, porque cuando se procede con el arresto del menor hasta la fecha en la que tiene lugar la audiencia de disposición, el oficial contribuye y se involucra con todo el procedimiento llevado a cabo.

Para que usted comprenda con mayor claridad las funciones de un oficial de libertad condicional, procederemos a mencionar algunas de ellas.

Durante el procedimiento de detención

Si el acto delictivo llevado a la práctica por el joven recibe la calificación de grave, las autoridades encargadas del procedimiento de detención te encuentran en el deber de llevar al menor a ante un oficial de libertad provisional para que este le hago una entrevista que suele ser decisiva, dado que luego de culminar el oficial podrá tomar cualquiera de las siguientes decisiones:

  • El menor puede ser enviado a su hogar siempre que este cumpla con los términos y condiciones del régimen de libertad condicional. Bajo este escenario, la Fiscalía no emitirá ninguna petición (la cual es muy similar a la presentación de cargos en un tribunal penal). No obstante, el caso seguirá siendo evaluado por el oficial, la familia del menor y este.
  • Entregar al menor una citación en la cual se señalará la fecha y hora a la cual tendrá que acudir ante el tribunal para que se celebre la audiencia donde será evaluado su caso.
  • Que el menor permanezca retenido en las instalaciones de la correccional mientras su caso es examinado, lo cual no demorará más de cuarenta y ocho horas.

Cómo es posible observar, el oficial tiene la potestad de decidir si lo mejor es que el menor continúe en la correccional hasta que haya respuestas sobre su caso, o si este puede permanecer junto a sus padres mientras el Juez evalúa la situación.

Sin embargo, de acuerdo con la disposición SB 190, actualmente hay una serie de límites en cuanto al confinamiento de menores. Según lo estimado por esta regla, un menor no deberá permanecer en confinamiento dentro de una habitación durante más de cuatro horas, a menos que sea una situación específica y que lo requiera. Además, las sanciones que han de aplicarse no deben ser tan restrictivas. Esto, siempre que no afecte a otros reclusos o demás personal. Finalmente, en caso de que la salud mental o física del joven se encuentre afectada, se deberán tomar otras medidas, dado que no podrá ser sometido al régimen descrito anteriormente.

Durante el periodo de adjudicación

Durante este periodo, el oficial cumple un papel fundamental. Esto, ya que tiene la potestad de llevar a cabo las siguientes acciones:

  • Presentar una recomendación ante la Fiscalía exponiendo si se debería emitir una petición o no al tribunal de delincuencia juvenil
  • Brindar su perspectiva sobre si el joven debe ser juzgado como un menor en el tribunal de delincuencia juvenil, o si los actos de este ameritan que sea juzgado en un tribunal penal

Ahora bien, para que el oficial recomiende a la Fiscalía presentar una petición donde se exponga la disposición legal que fue vulnerada por el menor, primero tomarán en cuenta diversas circunstancias, las cuales son:

  • Si el hecho punible fue de carácter violento, o se trató de una amenaza hacia otra persona que considerablemente representaba un riesgo para su vida e integridad.
  • El menor no se adapta en su comunidad. Es decir, tiene problemas con su entorno; familiares, escuela y vecinos.
  • La postura de los familiares del menor y de este.
  • Si las acciones del menor han resultado controvertidas y en consecuencia se ha establecido que lo más conveniente es que se dicte una sentencia.

Finalmente, resulta de gran relevancia tomar en consideración que siempre que el acto delictivo se encuentre en el Código de Instituciones y Bienestar tipificado en el estatuto 707b o guarde relación con éstos, se deberá presentar la petición de forma obligatoria, dado que dentro de esta disposición legal se encuentran los delitos más graves. Por ello, el oficial se encuentra en el deber de recomendar a la Fiscalía que la petición sea entregada al tribunal.

Durante el periodo de disposición

Si el Juez concede la petición presentada por la Fiscalía y establece que el joven en efecto es el responsable de configurar el acto punible, existe la posibilidad que la sentencia sea que este cumpla un periodo bajo el régimen de libertad condicional. Bajo este escenario, al menor se le asignará un oficial para que se encargue de monitorear  su proceso y asegurarse de que esté no incurra en ninguna conducta delictiva. Dicho oficial puede ser el que realizó la recomendación a la Fiscalía u otro indicado por el Juez. No obstante, es importante tomar en consideración que si el joven es sometido a cumplir con un periodo bajo libertad condicional sumaria, no se precisa que acuda regularmente ante el respectivo oficial.

Sin embargo, bajo cualquier escenario que involucre a un menor delinquiendo, el oficial siempre ha de cumplir con una responsabilidad en específico: asegurarse de que el joven cumpla con las condiciones y términos expuestos por el Juez. Pero, ¿Cómo se determinan dichas condiciones? Bien, estas se definen evaluando la gravedad de los actos puestos en práctica y si el joven es reincidente en la comisión de un delito. Para que se comprenda con mayor amplitud, procederemos a mencionar algunos de los términos que se podrían imponer:

  • Cumplir con una serie de condiciones derivadas del arresto cuartelario que deberá cumplir
  • Acudir todos los días al colegio
  • Evitar establecer cualquier tipo de contacto con la presunta víctima
  • No acudir a determinados lugares
  • Evitar reunirse con determinados grupos
  • Ser monitoreado constantemente
  • Acudir a programas para controlar la ira y adicciones como las drogas o el alcoholismo
  • Pagar una indemnización a la persona afectada como compensación por los daños ocasionados
  • Limpiar las estructuras con grafitis
  • Contribuir con la propiedad afectada
  • Aceptar que se realicen pruebas aleatorias para detectar el consumo de sustancias controladas o bebidas alcohólicas

Con relación a las pruebas para detectar el consumo de sustancias controladas, en algunas situaciones las autoridades llevan a cabo una investigación profunda para establecer si el menor consume drogas y en caso de que sí, identificar cuáles ha sido, por lo cual se realiza una serie de test. Tome en cuenta, que en estos procesos los profesionales “DRE”, se encargan de prestar atención a cualquier detalle o indicio que refleje alguna muestra de consumo, dado que son especialistas en el área y al ver varios síntomas ya pueden determinar si una persona consume estas sustancias o no. Ahora bien, entre los síntomas se encuentran: falta de coordinación al momento de expresarse, ojos rojos o pupilas dilatadas, pinchazos en la piel, etc.

¿Qué ocurre cuando un joven viola las condiciones y términos impuestos por el Juez?

Las condiciones y términos son una serie de normas que señalan al menor lo que debe hacer y lo que no. Es de suma importancia que el joven cumpla con todo lo señalado mientras se encuentre bajo libertad condicional, pues de lo contrario podría ser enviado a una correccional, lo cual se asemeja bastante a una cárcel para adultos.

En estos casos, violar las normativas señaladas por el juez significa: no acudir con el oficial de libertad condicional en el tiempo señalado, no asistir a las audiencias programas, frecuentar lugares que han sido prohibidos, merodear a la víctima, entre otros. En este orden de días, si se viola cualquier condición señalada anteriormente o alguna semejante, el joven deberá presentarse ante el Juez nuevamente para que el Fiscal pruebe las violaciones de las condiciones y términos que este ha cometido con el propósito de que se revoque el beneficio de libertad condicional. Sin embargo, quedará a criterio del Juez si éste imparte medidas más severas.

¿Qué tipos de libertad condicional pueden ser impuestos en un tribunal de delincuencia juvenil?

Un menor de edad está sujeto a cumplir con un periodo en la libertad condicional que el Juez señale. Esto, porque hay diferentes tipos, los cuales suelen diferenciarse en las autoridades que estarán custodiando al menor, es decir, si le corresponderá al tribunal o a un oficial. Para ilustrar procederemos a mencionar algunos de los tipos que hay:

Libertad condicional sin custodia. Durante este periodo el joven deberá someterse a un programa que es totalmente dirigido por las autoridades de libertad incondicional, las cuales pueden considerarse “autónomas” dado que el tribunal no interviene en lo absoluto. Bajo este escenario, la Fiscalía no deberá presentar ninguna petición ante el Juez. Permanecer bajo este régimen podría durar alrededor de seis meses, dentro de los que el joven deberá permanecer en su hogar. No obstante, hay situaciones donde una persona podría durar hasta un año.

Libertad condicional informal. Este se asemeja al anterior, no obstante la diferencia radica en que se precisa que la Fiscalía haya emitido la petición ante el tribunal exponiendo las disposiciones violadas por el joven.
Bajo estos escenarios, no se condena directamente al menor, por el contrario, la petición es evaluada pero no se hace nada al respecto por un periodo de seis meses dado que en primera instancia el menor es sometido a un programa realizado por las autoridades. Si éste culmina exitosamente su tiempo en dicho programa, la petición podría ser desestimada, pero si este no logra cumplir las expectativas, las probabilidades de que reciba una sentencia son bastante altas.

Desviación informal. Este es un programa en el que puede ser sometido un menor bajo el criterio de un policía. Este, no requiere que se formulen cargos en contra del joven, por lo cual el tribunal no tiene participación alguna.

Libertad condicional con custodia. Bajo este régimen se estima que el menor permanecerá en custodia del tribunal. Dicho de otra forma, se encontraba a cargo de este. La duración de este régimen no suele ser mayor a seis meses, y este suele precisar que el joven sea responsable y cumpla con todas las condiciones que el Juez haya señalado.

Fallo diferido. En este caso, el joven se hace responsable de la comisión de un hecho punible menor, y en consecuencia el tribunal concede el régimen de libertad condicional por una duración de seis meses. No obstante, de incumplir algún término el tiempo podría extenderse considerablemente.
Es importante tomar en cuenta que si un menor incumple con las normativas, el oficial de libertad condicional se encuentra en la potestad de señalar ante el Juez que lo más acertado es que el menor permanezca bajo custodia del tribunal.

Libertad condicional en virtud del estatuto WIC 727. Esta disposición legal establece que el menor deberá permanecer en custodia del tribunal. Sin embargo, antes se debe establecer que el joven en efecto ha violado una disposición legal y cometió un delito específico. Tomando esto en consideración, será el tribunal quien responda por el menor y establezca las condiciones que este debe cumplir.

Fallo diferido en virtud del estatuto WIC 790. Si un menor de edad es responsable de poner en práctica un hecho punible mayor que no involucró ninguna circunstancia agravante y califica según una serie de criterios, es posible que el Juez demore la sentencia. En estos casos, el joven permanece bajo el régimen de libertad condicional.
Ahora bien, con relación a los criterios que fueron señalados anteriormente, estos suelen ser bastante estrictos y a causa de ello, si el joven incumple con alguno de estos, no será posible apelar para que se aplique el estatuto 790. Para que se aprecie con mayor claridad procederemos a mencionar algunos de estos:

  • Que el acto punible configurado por el menor no se encuentre tipificado en el estatuto 707(b), entre los cuales se encuentran: el secuestro, asesinato, violación, y amenazas violentas.
  • Que el joven cumpla con los requisitos necesarios para obtener el beneficio de libertad condicional bajo el estatuto 790.
  • Que el joven tenga al menos catorce años al momento de llevar a cabo la audiencia.
  • Que el acto punible configurado no haya sido violación, copulación oral, sodomía, o cualquier conducta de esta índole.
  • Que previamente el joven no haya recibido una sentencia o haya sido puesto en custodia de la DJJ.
  • Que en oportunidades anteriores no se le haya revocado el beneficio de libertad condicional al menor.
  • Que el joven en oportunidades previas no haya permanecido bajo custodia de un tribunal de delincuencia juvenil por configurar un hecho punible mayor.

¿Qué consecuencias puede producir violar los términos del régimen de libertad condicional?

Si un menor de edad es sometido al régimen de libertad condicional e incumple con las condiciones señaladas por el Juez, existe la posibilidad de que el beneficio sea anulado. Sin embargo, para que esto ocurra, se deberá realizar una audiencia con el propósito de que la Fiscalía exponga la evidencia de que en efecto el menor violó las condiciones.  Ahora, cuando el Juez cuente con los argumentos y pruebas que demuestren esta conducta por parte del joven, establecerá qué medidas se deberán tomar.

En algunos casos, a pesar de que el menor haya violado los términos impuestos, el  Juez podría optar por no revocar el beneficio. Para ilustrar, supongamos que un joven de quince años no respeta el arresto cuartelario que se le ha impuesto. Bajo este escenario, como se trata de una violación que no es significativa, puede que el Juez imponga condiciones más estrictas sin necesidad de privar al menor de su libertad condicional. Entre dichas condiciones podría precisarse que éste dedique parte de su tiempo a brindar servicio a su comunidad.

No obstante, es importante tomar en cuenta la gravedad de los actos cometidos por el joven y que términos violo. Además, resultará de suma importancia tener en consideración el régimen bajo el cual se encontraba. Para ilustrar, no será lo mismo que un menor viole un arresto cuartelario a que reincida en la comisión de un delito, dado que el segundo sí puede conllevar a que su libertad condicional sea revocada y deba enfrentar un tiempo en la correccional.

¿Cuáles son los derechos que tiene un menor de edad cuando se lleva a cabo una audiencia por violar los términos de libertad condicional?

Durante esta audiencia, al igual que en los procedimientos legales donde está involucrado un adulto, los menores disponen de una serie de derechos, y es necesario que los tengan en claro. A continuación procederemos a mencionar algunos:

  • Tener la representación legal de un especialista en leyes criminales
  • Ser informado sobre los argumentos presentados por la Fiscalía
  • Derecho a que se presenten evidencias o testigos a su favor

Contactar inmediatamente con un asesor legal

El régimen de libertad condicional representa un gran alivio, pues este evita que un menor sea recluido. Por ello, cuando un joven viola las condiciones impuestas por el Juez durante este periodo, es de suma importancia contar con un abogado penalista, de lo contrario el beneficio podría ser revocado, lo cual generaría severas consecuencias.

Si su hijo se encuentra enfrentando una situación de este carácter y  está ubicado en San Diego, CA, lo invitamos a contactar de forma inmediata con nuestros profesionales en San Diego Criminal Attorney, quienes se abocaran a trabajar por mejorar la situación legal del menor. Para más información no dude en llamar al 619-880-5474 ¡Contáctenos!