Suele considerarse que la palabra “agresión” hace alusión a fuertes lesiones corporales causadas a otra persona, pero esto no siempre es así, ya que en California podrá ser denunciado por este delito a pesar de no haber generado un daño físico a la víctima. En consecuencia, si usted ejerce fuerza o violencia con total intención y de manera ilegal sobre otra persona, habrá cometido el delito de agresión, también denominado agresión simple, siendo irrelevante si ha ocasionado o no, una lesión a la víctima, ya que basta para su configuración que haya realizado cualquier tipo de contacto físico no deseado, por más mínimo que sea.

En contraposición, si el contacto físico causó a la víctima lesiones corporales graves, las sanciones serán mucho más severas por tratarse del delito agresión agravada cuyo fundamento legal se encuentra en la sección 243 (d) del Código Penal. En este caso, podrán presentarse cargos por agresión agravada como delito menor o mayor, dependiendo de las circunstancias que rodeen el caso y de la magnitud del daño o lesión causada.

Si usted es condenado por el delito de agresión agravada, además de tener que cumplir las sanciones propias de este hecho punible, vale decir, prisión y pago de onerosas multas, podrá ver afectado su futuro profesional y laboral en virtud de incidir negativamente los antecedentes penales en la solicitud de empleo, lo que a su vez pone en peligro sus relaciones personales y su estatus migratorio, dado que de no ser ciudadano estadounidense, usted podría ser deportado.

Por consiguiente, si se ha presentado en su contra una denuncia por agresión agravada en San Diego, contrate lo antes posible un abogado criminalista de San Diego Criminal Attorney, para que pueda obtener de manera oportuna la orientación legal que necesita y la representación judicial adecuada para lograr en su caso los mejores resultados posibles.

¿En qué consiste la agresión agravada?

Este hecho punible consiste en generar en otra persona lesiones corporales graves producto de una conducta violenta, ilegal e intencional. Este delito es mucho más grave que la agresión simple, ya que ésta última no implica necesariamente la producción de lesiones, y de ocasionarse, serán lesiones leves. Deberá determinarse en cada caso si la lesión originada es grave o no, lo cual resultará determinante en la procedencia o improcedencia de los cargos presentados por este delito o en la reducción de los mismos.

¿Cuáles son los elementos constitutivos de la agresión agravada?

Para que una persona sea sentenciada por este delito, es necesario que el Fiscal demuestre más allá de toda duda razonable todos los elementos que a continuación se señalan, por tanto, si deja de probar cualquiera de ellos, serán desestimados los cargos presentados por agresión agravada. Estos son:

  • Que el acusado tocó de manera voluntaria y ofensiva o dañina a la víctima.
  • Que se produjeron en la víctima lesiones corporales graves, en virtud de la fuerza y violencia ejercida por el acusado.
  • Que el acusado no actuó en defensa propia, de otras personas, o mientras disciplinaba de manera razonable a algún niño.

¿Qué significa tocar voluntariamente?

Significa tener contacto de manera intencional y con total propósito con la víctima, y no de manera accidental. Pero debe aclararse que esto no conlleva a concluir que usted tenía la intención de infringir la ley o de causarle daño, ya que lo importante es la intención de tocar a la víctima de manera deliberada, sin embargo, como consecuencia de ello se produce la lesión. Este contacto puede ser directo o indirecto (mediante algún objeto o arma).

Ejemplo de esta situación: Un mecánico tuvo una discusión con uno de sus clientes, quien le reclamó por no haber realizado un buen trabajo y le indicó que no le pagaría por estar inconforme con los resultados, y en virtud ello, el mecánico basándose en la ira que llegó a sentir, le arrojó una herramienta ocasionándole una lesión. En este caso, el mecánico de manera deliberada arrojó la herramienta de trabajo y aunque la intención de éste no haya sido causar daño, le produjo una lesión corporal al cliente.

Pero si el mecánico a pesar de estar enfurecido, pretendía lanzar la herramienta sobre los demás instrumentos de trabajo y no sobre el cliente, pero fue empujado por otra persona en medio de la situación, y producto de ello la herramienta cayó sobre la víctima, podrá considerarse accidental tal acto, aspecto que deberá ser demostrado en juicio.

¿Qué debe entenderse por conducta ofensiva o dañina?

Será ofensiva si se produce con enojo, ira, violencia, irrespeto o grosería. Y será dañina cuando se materialice en golpes, empujones, y otras similares.

¿Qué son lesiones corporales graves?                                                      

Son aquellas que generan un daño físico importante en la víctima, sin embargo, corresponderá al jurado determinar en cada caso, si la lesión producida es leve o grave. No obstante, suelen considerarse lesiones graves las conmociones cerebrales, deterioros severos causados a los órgano de la víctima que impidan su normal funcionamiento, fracturas de huesos que causan daños permanentes o perjudican en gran medida la calidad de vida de ésta, desfiguración del rostro, heridas que ameritan suturas profundas y amplias, y hematomas considerables, entre otros.  En tal sentido, resulta irrelevante si la agresión corporal es tratada de inmediato por algún servicio médico, ya que es suficiente que se haya perjudicado de manera grave el estado físico de la víctima, lo que implica que sea de difícil o imposible recuperación.

Seguidamente se exponen ciertos ejemplos de lesiones corporales graves:

  • Una persona en medio de una discusión empuja a otra, ocasionando su caída, y en virtud de ello se produce la pérdida de conocimiento de la víctima.
  • En medio de una discusión con un compañero de trabajo usted le propinó diversos golpes en su rostro afectando los ojos/visión de éste, impidiéndole realizar a futuro actividades laborales.
  • Una persona por venganza, ira, enojo le propinó a otro sujeto una paliza, dañando algún órgano del cuerpo de la víctima, condenándola a vivir medicada o a someterse a múltiples cirugías.

¿Qué significa actuar en defensa propia o de un tercero?

Significa actuar con la finalidad de defenderse o de defender a otros de una situación que conllevaría a peores resultados que los derivados de su conducta. Es responder ante una situación de peligro real e inminente de sufrir lesiones corporales o ser tocado de manera ilegal por otra persona. Esta manera de proceder implica tener una justificación legal. Por consiguiente, si usted no actuó en defensa propia o de un tercero, podrá ser acusado de cometer el delito de agresión agravada.

¿Qué debe hacer si ha sido arrestado por agresión agravada en San Diego, CA?

Primeramente debe usted saber que ser acusado de cometer este delito no significa necesariamente que será sentenciado, ya que podrá demostrar en juicio mediante el empleo de las estrategias de defensa correctas y la promoción de las pruebas conducentes, que es usted inocente. También es importante hacer de su conocimiento que deben serle leídos los Derechos Miranda al ser arrestado, conforme a los cuales, usted tiene derecho a permanecer en silencio, siendo ello lo más conveniente a fin de evitar que emita declaraciones que más adelante puedan perjudicarlo.

En tal sentido, lo más importante será contratar un abogado criminalista de San Diego Criminal Attorney para empezar a trabajar en su caso.

¿Cuáles estrategias de defensas se pueden ejercer para desvirtuar los cargos por agresión agravada?

Contratar un abogado defensor es de suma importancia ya que podrá éste demostrar en juicio, entre otros aspectos, que las lesiones corporales ocasionadas no son graves, que no fueron acreditados todos los requisitos de procedencia del delito que se le ha imputado, que usted actuó en legítima defensa o en medio de la disciplina habitual y razonable que le imparte a su hijo, o que la denuncia es el resultado de una falsa acusación. Deberá ejercer su abogado la estrategia de defensa más propicia para la solución favorable del proceso penal que enfrenta, es decir, para obtener la desestimación de los cargos o la reducción de los mismos.

En tal sentido, se procede a indicar algunas de las estrategias que se emplean contra estos cargos:

Falsas acusaciones

Puede demostrar que ha sido falsamente acusado ya que no ha cometido el delito que se le imputa. En ocasiones estos cargos son impuestos contra personas inocentes que terminan siendo víctimas de un tercero que sólo desea vengarse, hacerle daño o hacerle pasar un mal momento.

Legítima Defensa

Cuando una persona cree de manera razonable que se encuentra en peligro de sufrir una lesión corporal o algún contacto físico ilegal podrá defenderse a fin de evitar tales actos, sin embargo, la fuerza que emplee debe corresponderse con la amenaza que sintió. La legítima defensa es una estrategia que conlleva a justificar su conducta y a desestimar los cargos impuestos en su contra, por considerarse que de no haber procedido de esa manera, habría sido objeto de algún daño que no podía evitarse de otro modo, pero corresponderá al jurado determinar en cada caso si el acusado se encontraba o no, ante un peligro inminente. También procede esta estrategia en caso de haber usted actuando en defensa de un tercero.              

Sin embargo, podrá demostrar el Fiscal que no existió justificación legal para que usted ejerciera fuerza o violencia contra la víctima y le causara lesiones graves, caso en el cual, será declarada la improcedencia de este alegato.

Podrá afirmar que actuó en defensa propia, por ejemplo, si una persona armada se acerca a usted con amenazas de matarlo si no le entrega su cartera y demás objetos de valor, y en aras de defenderse lucha contra él, haciéndolo caer, y como parte de dicha caída resulta herido en la cabeza. De no haberlo empujado, es posible que usted hubiera resultado herido, asesinado o con algún daño severo.

Estaba disciplinando de manera razonable a su hijo

Podrá usted alegar y demostrar que fue acusado en base a apreciaciones erradas de una persona que sin conocer el verdadero contexto de la situación malinterpretó lo observado. De este modo, es importante que usted sepa que todo padre tiene la obligación legal de corregir y disciplinar a sus hijos, y en tal sentido puede ejercer cierto grado de fuerza siempre y cuando no implique abuso o resulte desmedida.  Ejemplo: cuando su pareja desea alejarlo de sus hijos y lo acusa por agresiones graves causadas por abuso infantil, cuando lo cierto es que los niños no presentan evidencia de lesión corporal grave. En contraposición, si se comprueba que los menores de edad presentan lesiones corporales significativas, será condenado por este hecho punible por haber actuado fuera de los límites establecidos en la Ley.

No actuó voluntariamente

Como se indicó con anterioridad, uno de los elementos constitutivos de este hecho punible es que el autor del delito haya actuado deliberadamente, por lo que, si las lesiones se produjeron en virtud de un contacto físico accidental, y no intencional, no podrá ser sentenciado por agresión agravada.  Ejemplo, no habrá sido intencional si usted se resbaló mientras estaba caminando por la calle y a fin de recuperar el equilibrio se apoyó en la persona que se encontraba a su lado, pero por el contrario produjo la caída de esa persona quien obtuvo como resultado algunas fracturas en su brazo.

Las lesiones corporales ocasionadas no son graves

Con las pruebas conducentes logrará demostrar al jurado que las heridas que ocasionó en la víctima son leves, lo que representará la reducción de los cargos. A tal efecto podrá solicitar que la víctima sea examinada por médicos especialistas para que indiquen desde su conocimiento y experiencia, tanto las implicaciones como el grado de la lesión.

Evidencia insuficiente

La denuncia formulada en su contra podrá ser desestimada en caso de no haber aportado la parte acusadora, pruebas suficientes que demuestren su culpabilidad, o por haberse obtenido las evidencias de manera irregular. En este sentido, su abogado haciendo uso de las estrategias idóneas y de los recursos previstos en la ley, podrá desvirtuar los cargos impuestos en su contra.

¿Cuáles son las diferencias que existen entre la agresión agravada y la agresión simple?

La agresión simple se encuentra prevista en el Código Penal, sección 242, y la agresión agravada en la sección 243 (d) del mismo código. Ahora bien, son diversos los aspectos que las diferencian, entre ellos, los requisitos de procedencia y las sanciones aplicables.

La agresión simple siempre constituirá un delito menor, resultando aplicables las siguientes sanciones:

  • Prisión por seis meses como tiempo máximo, y/o
  • Pago de multa por una suma que no podrá superar $2.000.

La agresión agravada puede constituir un delito menor o mayor, en función del contexto en el que se produjo el hecho punible y demás circunstancias que rodean el caso, por tanto, de constituir un hecho punible mayor, podrá ser condenado a:

  • Prisión por cuatro años como tiempo máximo, y/o
  • Pago de multa que no podrá superar los $10.000.

Para que una persona sea condenada por agresión simple, basta con que se haya generado un mínimo contacto físico con la víctima, sin ser indispensable que se haya ocasionado un daño o lesión. En cambio, para que sea sentenciado por agresión grave es necesario que se produzcan lesiones severas. Por ejemplo, si usted en medio de una discusión arrojó un objeto a otra persona pero esto no generó ningún tipo de lesión, podrá ser acusado por agresión leve, por el contrario, si el objeto que le lanzó la hirió de manera considerable podrá ser acusado por agresión grave.

Sin embargo, es común que en ambos tipos de delitos la víctima solicite una indemnización dineraria. 

¿Qué tipo de condenas se aplican por la comisión del delito de agresión agravada?

Las condenas a aplicar dependerán de la manera en que ha sido catalogado el delito                   (mayor o menor), y para ello deberá evaluar el Fiscal, la magnitud de la lesión producida, si el acusado tiene o no antecedentes penales y las demás circunstancias que rodean el caso.

Si la agresión agravada ha sido considerada como hecho punible menor, podrán aplicarse las siguientes condenas:

  • Libertad condicional sumaria.
  • Prisión por un año como tiempo máximo, y/o
  • Multa que podrá llegar a $1.000.

Adicionalmente, podrá imponerse al sentenciado la indemnización de la víctima por los daños que le ocasionó, la imposición de una orden de protección y prohibición de poseer arma de fuego por un tiempo de diez años.

Si la agresión agravada ha sido calificada como hecho punible mayor, podrán aplicarse las siguientes condenas:

  • Libertad condicional, pero en este caso será formal.
  • Prisión por un tiempo de dos, tres o cuatro años; y/o
  • Pago de multa que podrá llegar a $10.000.

Del mismo modo, quien resulte condenado podrá perder el derecho de adquirir o poseer armas de fuegos, serle ordenada la indemnización a la víctima, y ser objeto de una orden de protección o de alejamiento con respecto a la víctima, entre otras medidas.

¿En qué consiste la sentencia adicional por gran lesión corporal?

Una gran lesión corporal es aquella significativa o importante que produce un impedimento físico en la persona, por ejemplo, parálisis, pérdida de la visión o de alguna extremidad. En consecuencia, cuando usted ocasiona una lesión corporal de esta magnitud en la víctima, su sentencia en prisión será incrementada. Corresponderá al jurado decidir si la lesión producida debe ser elevada al nivel de “gran lesión corporal”. Ejemplo de ello, si usted ocasiona parálisis de por vida en la víctima producto de la fuerza empleada en el contacto físico, podrá ser condenado por el delito de agresión agravada pero adicionalmente podrá ser merecedor de un aumento de la condena por haberse catalogado el daño como “gran lesión corporal”.

Por tanto, podrá ser objeto de una sentencia adicional en la que se le condene a permanecer en prisión por un tiempo de tres a seis años, más el tiempo que le fue impuesto en la sentencia original por agresión agravada.

Ley de tres “strikes” en California

Dicha ley resulta aplicable a los delitos catalogados como delitos graves, entre ellos, la agresión agravada cuando es un delito grave, caso en el cual representa un “strike” en los términos en ella previstos. También es conocida como Ley de los Tres Delitos y Fuera.

Dispone esta ley que, si un sujeto es objeto de un segundo “strike” será sentenciado a permanecer en prisión por un tiempo equivalente al doble del previsto por el último hecho punible cometido, y para ser beneficiado con libertad condicional debe haber cumplido por lo menos el ochenta y cinco por ciento del tiempo en prisión que le fue impuesto. Pero si comete un tercer “strike” podrá permanecer en prisión por un tiempo de veinticinco años o inclusive ser condenado a cumplir cadena perpetua.

¿En qué se diferencian los delitos de agresión y asalto según las leyes de California?

En la práctica, suelen emplearse ambos términos de manera indistinta a pesar de constituir dos delitos distintos, regulados en normas diferentes y con sanciones que le son propias a cada uno. El delito de agresión está contemplado en la sección 242 del Código Penal y el delito de asalto en la sección 240.

El asalto se basa en la intención de cometer una lesión a otra persona de manera ilegal y violenta, independientemente de que se haya llevado a cabo o no, en este caso el delincuente sabe que se encuentra en la capacidad de causar daño a la víctima. En la agresión es indispensable que se produzca contacto físico con la víctima, por más mínimo que sea.

Contratar un abogado de agresión agravada cerca de mí

Si enfrenta cargos por agresión agravada en San Diego deberá contratar de inmediato un abogado criminalista, ya que estar asesorado y representado desde el inicio del proceso le brindará mayores posibilidades de obtener una sentencia favorable.

En San Diego Criminal Attorney, tenemos setenta y cinco años de experiencia combatiendo este tipo de delitos, no dude en contratarnos, ejerceremos las estrategias de defensa adecuadas para lograr que sea usted absuelto, o en su defecto, sean reducidos los cargos. ¡Trabajaremos incansablemente en su caso!

Le ofrecemos un formulario de contacto en línea y atención las 24 horas de los 7 días de la semana, puesto que, su seguridad y tranquilidad es importante para nosotros. Contáctenos al 619-880-5474 para brindarle una asesoría legal gratuita.