El Estado de California cuenta con varios programas denominados “de bienestar social”, que fueron diseñados con el objeto de brindar ayuda a individuos desempleados o que estén atravesando por ciertas situaciones descritas por la ley, no obstante para poder ser beneficiario de los mismos se requiere cumplir una serie de requerimientos señalados de forma expresa por el ordenamiento jurídico.

Ahora bien cuando una persona miente u oculta información importante, con el fin de ser acreedor de beneficios superiores a los que legalmente le corresponde se presume que defraudo los programas de bienestar social, esta es una conducta tildada como delictiva, dado que quien incurre en la misma busca cometer un engaño contra el gobierno para percibir un beneficio que no le pertenece.

Normalmente un individuo comete el delito en cuestión, cuando miente con respecto a los ingresos que recibe y sus necesidades vitales, o cuando oculta información importante con el objeto de que el gobierno le otorgue beneficios superiores a los que le corresponden de acuerdo a la ley. Ejemplos de situaciones que dan lugar a que se configure este delito son: no notificar sobre el ingreso de bienes, recibir beneficios de múltiples estados y brindar información falsa para adquirir determinados beneficios.

Aunque parezca una buena idea utilizar engaños para percibir beneficios económicos por parte de los programas creados por parte del Estado, y dar por sentado que dicha circunstancia es algo sin importancia que no ocasionará mayores consecuencias, esto es un grave error, ya que tal conducta es severamente penada mediante la imposición de diversas sanciones que puede utilizarse para castigar a quien infrinja la ley en este sentido, que van desde pago de altas sumas de dinero hasta la obligación de cumplir extensas penas privativas de libertad, además probablemente una persona condenada por este delito jamás pueda volver a ser acreedora de un beneficio de esta naturaleza.

Enfrentar un cargo criminal por Fraude a Programas de Asistencia Pública en San Diego, CA puede ser una de las experiencias más estresantes, confusas y aterradoras de su vida, que lo llevara a hacerse varias preguntas ¿Perderé mi trabajo? ¿Seré encarcelado? ¿Tendré antecedentes penales que aparecerán en las verificaciones de antecedentes? y es que sin duda cuando se enfrenta cargos de esta índole su trabajo, su familia, su reputación y su futuro están en juego, pero un abogado de San Diego Criminal Attorney puede acompañarlo en esta difícil etapa y ayudarlo a comprender mejor el contexto del problema legal en el que se encuentra, además junto a usted se encargará de recabar toda la información necesaria y medios probatorios para lograr que se retiren los cargos o se apliquen condenas menos rigurosas.

¿Qué es el fraude a un programa de asistencia pública?

También denominados de bienestar social, son aquellos creados por el Estado con el fin de brindar ayuda a individuos que están atravesando por una situación de desempleo o subempleo.

Un fraude de esta categoría se configura cuando un individuo manifiesta información falsa u omite el reporte de información que es importante. Con el objeto de solicitar que se le asigne un beneficio derivado de un programa público al cual en realidad no tiene derecho.

En su mayoría los fraudes contra programas de bienestar social están regulados por la sección 10980 del Código de Bienestar Social e Instituciones de California, el cual señala que incurre en este delito quien:

  • Intencionalmente proporcione información falsa o no declare información importante con el objeto de obtener, mantener o aumentar la recepción de beneficios sociales que no corresponde.
  • Solicite beneficios empleando múltiples nombres o presente varias solicitudes a efecto de obtener varios beneficios.
  • Use, traspase, adquiera, compre, venda, posea, altere o falsifique autorizaciones para obtener cupones de alimentación o cupones de alimentación legítimos.

En concordancia con este estatuto, cuando un individuo reclama asistencia pública, realizando una manifestación falsa o no proporcionando la información requerida, con intención acceder a beneficios a los que no tiene ningún derecho, se considera que está incurriendo en un fraude.

¿Cuáles son algunos de los programas que brindan asistencia social en el Estado de California?

Entre dichos programas se encuentran:

  • Calworks
  • Calfresh
  • Ayuda general o asistencia general
  • Medi – Cal
  • Servicios brindados a domicilio
  • Gain

Calworks: Es un programa del estado que otorga beneficios primarios, el mismo proporciona dinero en efectivo a sus beneficiarios a un corto plazo y está dirigido a familias de escasos recursos que necesitan una vivienda, ropa, servicios públicos, alimentos y atención médica.

Calfresh: Es un programa que asigna mensualmente beneficios electrónicos que pueden utilizarse para adquirir alimentos, dicho de otra forma este programa está diseñado con el fin de asignar cupones válidos para realizar la compra de alimentos.

Ayuda general o asistencia general: Este programa proporciona ayuda a adultos que atraviesan por una situación de pobreza, y no reciben la colaboración de algún otro programa de bienestar social.

Medi – Cal: Es un programa orientado a proporcionar coberturas de seguros médicos de carácter público a los niños y adultos de bajos recursos, no obstante aunque dicho programa está calificado como un programa de bienestar social, debe aclararse que el fraude Medí – Cal está regulado por leyes específicas.

Servicios brindados a domicilio: Dichos programas abarcan temas tales como violencia doméstica en cuanto a asesorías, planificación económica, servicios para reubicación, preparación para padres, información médica, también incluye abuso de sustancias en relación a evaluaciones o tratamientos, y de igual manera engloba la salud mental con respecto a evaluaciones, gestiones de casos y tratamientos para quienes padecen de ansiedad o depresión entre otros.

Gain: Da apoyo a los beneficiarios de Calworks, con el objeto de ayudarlos a obtener un trabajo, pertenecer en uno o avanzar a alguno mejor remunerado.

¿Cómo se clasifican los fraudes de esta naturaleza?

En el Estado de California existen principalmente dos tipos de fraude contra los programa de bienestar social, los cuales son:

Fraude al destinatario: Incurre en dicho fraude todo individuo que adquiera o intente adquirir ilegalmente algún beneficio social al cual no tiene derecho.

Existen diversas maneras de cometer un delito de este tipo sin embargo las más comunes son:

  • Que el solicitante manifieste que es padre soltero, cuando en realidad comparte residencia no solo con el niño sino también con su otro padre.
  • Que el solicitante omita notificar algún ingreso adicional o el hecho de que es acreedor de otro beneficio.
  • Que el solicitante presente una solicitud de beneficio por un menor que realmente no convive con él.
  • Que el solicitante presente alguna solicitud por hijos que no son elegibles o son ficticios.
  • Que el solicitante cobre beneficios otorgados por California y otro Estado de forma simultánea.

Fraude interno: Se configura este delito cuando un trabajador de una entidad del gobierno que se encarga de asignar beneficios de bienestar social otorga ilícitamente beneficios a individuos no aptos para recibirlo de acuerdo a la ley.

Este tipo de fraude se presente con regularidad cuando el trabajador de la entidad gubernamental falsifica solicitudes para algún amigo o familiar, al crear hijos ficticios, realizar declaraciones falsas en relación a los ingresos del mismo u omitir proporcionar información que haría que los mismos sean descartados de la posibilidad de optar al beneficio solicitado.

Debe tomarse en cuenta que normalmente los cargos por fraude interno contra programas de bienestar social se presentan de forma conjunta con cargos por malversación de fondos, el cual es un delito consagrado en la sección 503 del Código penal donde se condena el hecho de que un individuo tome de forma ilegal algún dinero o propiedad que le haya sido confiado.

¿Cómo se desarrolla una investigación basada en un fraude de este tipo?

En el Estado las oficinas fiscales locales se encargan de recibir las denuncias formuladas por fraudes contra servicios de bienestar social a través de diversas vías como lo son mediante líneas telefónicas, sitios webs destinados para tal fin, oficinas locales que se encargan de monitorear los desembolsos de dichos beneficios y cualquier agencia que presuma la posible comisión de un fraude de bienestar social.

Posteriormente los investigadores encargados se pondrán en contacto con los beneficiarios de dichos programas para hacerles preguntas en relación a la ayuda recibida actualmente y la información proporcionada con el objeto de obtener la misma. Aunado a lo anterior los investigadores pueden contactar a las personas cercanas al beneficiario acusado de fraude, tales como sus amigos, familiares, compañeros del trabajo o vecinos con el objeto de obtener cualquier información que pueda ser utilizada como medio probatorio para aceptar declarar procedente o desechar las acusaciones.

Por otro lado es frecuente observar que las visitas domiciliarias llevadas a cabo por los investigadores sin previo aviso, así como las entrevistas realizadas a los testigos suelen revelar situaciones adicionales como:

  • Negligencia o abuso infantil.
  • Violencia doméstica.
  • Pruebas de ilícitos de drogas.
  • Abuso de adultos dependientes y de ancianos.

Lo que acarrea que otros programas como lo son los de bienestar infantil, protección de adultos, apoyo familiar o cualquier autoridad competente en cuanto al caso intervenga en el mismo.

Luego de que el investigador recolecta la información necesaria, debe presentarla ante la fiscalía del distrito competente para que la examine y determine si la misma debe ser procesada a nivel penal o no. En el supuesto de que se determine que la información recaudada es suficiente para llevar a cabo un juicio la fiscalía hará la presentación de cargos penales, pero en el supuesto contrario, es decir, si la fiscalía considera que dicha información es insuficiente podrá solicitar el investigador que recaude más información, rechazar el caso por insuficiencia probatoria o ponerlo en manos de algún programa de desvío de fraudes sociales.

¿Qué sanciones puede imponer un Juez para condenar a quien cometa este tipo de fraude?

Existen diversos castigos establecidos por la ley para castigar a quien cometa un fraude contra los servicios de bienestar social, no obstante la determinación de cuál sanción corresponde aplicar para condenar al acusado va a depender de la conducta específica en la que este incurrió.

En algunos escenarios el acusado podrá enfrentar cargos por delito menor, en otros por una felonía he inclusive puede que el acto criminal sea calificado como un wobbler, es decir que el fiscal puede formular cargos por la ejecución de un delito menor o felonía previo estudio del caso y de los antecedentes penales del involucrado.

  • En el supuesto de que el acusado sea procesado por emitir alguna declaración falsa para adquirir algún beneficio, se presumirá que el mismo cometió un delito menor, el cual es penado con un periodo de privación de libertad de máximo seis meses y la cancelación de un monto que no debe exceder de 500 dólares por concepto de multa.
  • En caso de que el acusado sea declarado culpable por presentar alguna solicitud fraudulenta por haber realizado múltiples peticiones para una misma persona, haber pedido un beneficio para personas ficticias o haber solicitado algún beneficio empleando una identificación falsa, el delito cometido será calificado como un wobbler, y por ende en caso de ser presentado como delito menor podrá ser castigado con privación de libertad por el tiempo máximo de un año y con el pago de una multa cuyo valor máximo no debe ser superior a 1.000 dólares, pero si la fiscalía presenta cargos por cometer una felonía el juez podrá dictar una pena privativa de libertad de dieciséis (16) meses dos (2) o tres (3) años que deben cumplirse en una cárcel perteneciente al condado y/o el pago de una multa de máximo 5.000 dólares.
  • Si el acusado enfrenta cargos por retener u obtener beneficios de forma fraudulenta, el ilícito será considerado delito menor si dichos beneficios no superan el valor total de 950 dólares y la sanciones que pueden imponerse son encarcelamiento por el lapso máximo de seis meses y pago de una multa cuyo valor máximo no debe ser superior a 500 dólares, pero si por el contrario la suma total de los beneficios adquiridos de forma fraudulenta supera los 950 dólares el delito será calificado como felonía y podrá ordenarse una sentencia privativa de libertad de dieciséis (16) meses dos (2) o tres (3) años que deben cumplirse en una cárcel perteneciente al condado y/o el pago de una multa de máximo 5.000 dólares.
  • Ahora bien si el acusado está involucrado en la comisión de un fraude contra los programas de bienestar social relacionado con cupones para alimento, en el supuesto de participe en actividades relacionadas con una autorización en blanco no autorizada para formar parte de un programa de vales para alimentos el mismo debe ser condenado por cometer una felonía lo cual acarrea la imposición de las siguientes sanciones encarcelamiento por dieciséis (16) meses dos (2) o tres (3) años que deben cumplirse en una cárcel perteneciente al condado y/o el pago de una multa de máximo 5.000 dólares. No obstante el delito será determinado como un wobbler de acuerdo a la ley cuando el acusado utilice, traspase, venda, compre o posea vales para alimentos, autorizaciones para vales de alimentos ilegales o beneficios traspasados electrónicamente. El ilícito será considerado como delito menor, si dichos beneficios no superan el valor total de 950 dólares y la sanciones que pueden imponerse son encarcelamiento por el lapso máximo de seis meses y pago de una multa cuyo valor máximo no debe ser superior a 500 dólares, pero si por el contrario la suma total de los beneficios adquiridos de forma fraudulenta supera los 950 dólares el delito será calificado como felonía y podrá ordenarse una sentencia privativa de libertad de dieciséis (16) meses dos (2) o tres (3) años que deben cumplirse en una cárcel perteneciente al condado y/o el pago de una multa de máximo 5.000 dólares.
  • Aunado a lo anterior debe tenerse en cuenta que si el acusado es declarado culpable por cometer un fraude contra los programas de bienestar social relacionado con beneficios traspasados electrónicamente, además de la sentencia correspondiente el mismo deberá cumplir una sentencia privativa de libertad adicional y consecutiva de un año (1) si el monto transferido supera los 50.00 dólares, de dos (2) años si el monto transferido excede los 150.000 dólares, de tres (3) años si el monto transferido es superior 1.000.000 de dólares y de cuatro (4) años si la suma transferida es mayor a 2.500.000 dólares.

¿Ocasiona alguna consecuencia adicional ser declarado culpable por cometer un fraude de este tipo?

Aunado a las sanciones legales señaladas en el segmento anterior, un individuo que sea condenado por cometer un fraude contra el bienestar social será obligado a lo siguiente:

  • Disciplina profesional en caso de poseer alguna licencia estatal, esto debido a que ciertas condenas de índole penal suelen perjudicar la licencia profesional del condenado, en especial cuando se trata de delitos que conforman la categoría de ilícitos de depravación moral como suele suceder con los casos de fraude.
  • Deportación o declaración de inadmisibilidad del condenado en el territorio de los Estados Unidos en caso de tratarse de un inmigrante, puesto que como se mencionó dicho delito forma parte de la categoría de los ilícitos denominados de vileza moral y por ende acarrea tal consecuencia, independientemente de que su estadía en el País sea conforme a la ley.
  • Declaración de inhabilitación del condenado para ser receptor de cualquier beneficio de bienestar social.

¿Es procedente que el acusado lleve a cabo una restitución económica como medida alternativa para evadir una sentencia penal?

En determinadas situaciones, el acusado podrá realizar el desembolso de los beneficios adquiridos fraudulentamente, sin necesidad de que se dicte una sentencia penal en su contra.

Múltiples condados tales como San Francisco, Fresno y San Diego brindan programas alternativos de desvió por fraudes de este tipo, que se caracterizan en general por autorizar a los individuos que tienen antecedentes penales mínimos o no poseen y que no han privado de una cantidad excesiva de dinero condado, para que retornen el dinero sustraído, con el fin de que los cargos presentados sean desestimados.

Dicho procedimiento se basa en lo siguiente: los acusados por lo general deben admitir su culpabilidad, aunado a esto deberán cumplir un programa de desvió y retornar el dinero que adquirieron fraudulentamente, posteriormente la Corte desestimará la acusaciones. En caso contrario el Juez dictará una sentencia e impondrá las sanciones pertinentes.

En todo caso, si la fiscalía se opone a la posibilidad de que el acusado retorne el dinero obtenido mediante fraude como medida alternativa a la imposición de una condena, siempre queda la posibilidad de convencer al Juez de que dicte una disminución de la sentencia.

¿Puede un individuo acusado por este delito defenderse de los cargos presentados?

Si, dicha acción puede llevarse a cabo recaudando los medios probatorios necesarios y contando con la asesoría de un abogado con amplios conocimientos en materia penal que lo oriente en cada etapa del proceso.

A tales efectos pueden utilizarse varios alegatos como por ejemplo:

  • Acusaciones falsas.
  • El acusado no pretendía cometer un fraude.
  • Pruebas insuficientes.

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En california se castiga severamente a todo aquel individuo que mediante declaraciones falsas u omisión de información importante, busque hacerse acreedor de beneficios otorgados por el gobierno con la finalidad de ayudar a las personas que están en situación de desempleo o que cuentan con muy pocos recursos, esto independientemente de que el delito sea cometido por un beneficiario externo o por un individuo que se desempeñe como trabajador de una entidad que se encarga de distribuir tales beneficios.

Como pudo entender son múltiples las conductas que pueden dar lugar a que una persona sea señalada como culpable de cometer este delito y de igual manera son varias las sanciones que pueden imponerse, las cuales van a incidir negativamente en la vida del condenado tanto a nivel legal como personal.

Sin embargo una persona acusada por cometer este delito siempre va a tener la posibilidad de luchar para desvirtuar los cargos presentados en su contra, ya que ser blanco de una acusación de esta índole no es una situación determinante que significa que un individuo vaya a ser condenado ante la corte.

Por tal motivo si se formuló una acusación en su contra por Fraude a Programas de Asistencia Pública en San Diego, CA lo más sensato que puede hacer es llamar al 619-880-5474 y apartar una cita con un abogado del bufete San Diego Criminal Attorney, donde recibirá una primera asesoría gratuita con el objeto de analizar su caso y comenzar a trabajar para estructurar su defensa y representación con el fin de obtener un dictamen favorable ante el Tribunal.